jueves, 13 de marzo de 2014

Reflexiones sobre la trata de personas con fines de explotación sexual

El 11 de Marzo Cruz Roja celebró con motivo de celebración del 8 de Marzo, día internacional de la mujer, una jornada sobre la trata de personas con fines de explotación sexual en la que se fundamentaron las bases legales en las que se asienta la trata de personas, así como su forma de diagnóstico e intervención.

Me gustaría compartir con vosotros y vosotras las reflexiones que pude sacar de estas jornadas, pero antes voy a informaros de algunos datos para situaros en el contexto de la problemática:

  • 4.000.000 de mujeres son vendidas cada año con fines de explotación sexual. Informe del Fondo de Población. ONU. PNUD. 2007.
  • 500.000 mujeres entran todos los años en Europa como consecuencia de la trata con fines de explotación sexual. OIM. Informe Mundial sobre Delincuencia y Justicia. 2003.
  • El 80% de mujeres que ejercen la prostitución en España provienen de la trata de personas y solo un 5% lo ejercen de forma voluntaria. De estas, el 97% son extranjeras. Ministerio de Igualdad. Plan de lucha contra la trata. 2008.
  • España es 1 de los 10 primeros países de destino de las víctimas con fines de explotación sexual. Entre 40.000 y 50.000 mujeres y niñas son víctimas de este fenómeno. Informe Save the Children.

Estos datos, nos indica que el fenómeno de la prostitución y en concreto el de trata de personas es el segundo negocio ilegal por encima del trafico de drogas y superado solo por el tráfico de armas. Esto es debido a que es un negocio de los que más rendimiento se saca, ya que mientras que con la venta de armas o el tráfico de drogas, el beneficio solo se produce una vez en el momento de la venta, en la trata de personas el beneficio se multiplica ya que vendes a una misma persona varias veces al día durante 28 días aproximadamente al mes.

En un primer momento voy a diferenciar el tráfico de personas de la trata de personas, ya que puede generar confusión porque en ocasiones se utiliza como sinónimos y tienen claras diferencias.

TRÁFICO
TRATA
Implica el desplazamiento de las personas entre diferentes Estados
Puede implicar un desplazamiento entre Estados o puede realizarse dentro del mismo estado, por lo que no es necesario el desplazamiento.
Traspaso de fronteras de forma ilegal o irregular
Puede ser legal, irregular o totalmente legal.
El lucro de obtiene del transporte y de la facilitación de la entrada
El lucro se obtiene del traslado y de la explotación de la persona (tanto laboral como sexual)
La persona una vez llegada al destino, recupera su libertad de movimiento y autonomía
La persona queda sometida a la voluntad de los tratantes.

Cada red de trata suele tener una metodología diferente pero generalmente el proceso se realiza en los siguientes pasos:
  1. Captación y engaño: Hay varias formas de engaño, pueden hacerlo prometiéndolas un trabajo en el que van a prosperar y ganar mucho dinero en el país de destino o manteniendo una relación sentimental con la mujer para posteriormente decirla que se tiene que marchar del país por motivos del trabajo e invitarla a irse con él (siempre de forma separada, para evitar que se relacione a la mujer con el captador). En ocasiones  las redes están vinculadas con la familia de la mujer que da el consentimiento (hermanos, padres…).
  2. El traslado: Los traslados son en todo momento controlados. En ocasiones se organizan grupos turísticos de viaje para pasar desapercibidos. Se pueden utilizar métodos de entradas legales, como por ejemplo los visados de turista o ilegales. La dificultad del traslado de estas mujeres va a ser determinante para la permanencia de la mujer en la red.
  3. El pago: Una vez que la mujer llega al destino se le comunican las verdaderas condiciones. Está obligada a pagar todos los gastos del traslado (gasto que suelen exagerar) a través de su explotación sexual.
  4. La retención: A la mujer se la corta toda comunicación con su familia de origen o se permite un contacto controlado, la quitan toda la documentación (pasaporte…), se establece la figura de un vigilante o controlador que suele ser en la mayoría de los casos una mujer que también ha sido víctima de la trata, conocida como ‘’la mami’’.
  5. Coacciones: Los captores utilizan medidas para favorecer un clima de miedo (amenazas a ellas y a su familia), así como relaciones sentimentales con los propios explotadores para generar una relación de dependencia como medida de presión.

Es muy importante dejar claro que el consentimiento de la víctima de la prostitución no es vinculante, ya que en la mayoría de las ocasiones se ven sometidas bajo coacciones o amenazas.


La trata de personas para fines de explotación sexual es considerada en nuestro país Violencia de Género ya que afecta a mujeres y tiene su base y fundamento en el sistema patriarcal, en el que se considera a la mujer un objeto de satisfacción para el hombre.  Aunque en el Protocolo de Palermo se aconseja la modificación del código penal para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, nuestro código penal no favorece a la erradicación de este fenómeno.

Nosotr@s como Asociación nos vemos obligados/as a dar a conocer las consecuencias de este fenómeno y evitar la deshumanización que realiza la sociedad a estas mujeres con discursos que abogan por su ‘’libertad’’ (‘’Si ellas deciden trabajar en eso, no somos nadie para prohibírselo’’, ‘’es más fácil conseguir el dinero de esa forma que fregando escaleras’’) que en muchos casos son difundidos por mujeres.


A continuación os dejamos un vídeo que refiere todo lo que hemos expuesto anteriormente y que habla de los factores de riesgo que existen para poder ser víctima de trata.


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